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    • Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de la pérdida o extravío. (Certificado de Registro Pecuario)
    • El comprobante de la denuncia emitido por la PNR será presentado en el Registro Pecuario por el propietario, en un término de diez (10) días naturales a partir de la fecha de denuncia.
    • Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.

     

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