- Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de la pérdida o extravío. (Certificado de Registro Pecuario)
- El comprobante de la denuncia emitido por la PNR será presentado en el Registro Pecuario por el propietario, en un término de diez (10) días naturales a partir de la fecha de denuncia.
- Carnet de identidad del propietario. Si el declarante no es dueño de los animales, deberá presentar el Poder Notarial otorgado al mismo así como su carnet de identidad.
Leer más...