Las personas naturales pueden realizar operaciones de compra – venta entre sí o con otras no propietarios. Para poder realizar este trámite es requerimiento imprescindible la presencia de ambos contrayentes en el Registro Pecuario.
- Documento acreditativo de la propiedad de los animales objeto de compra – venta. (Certificado de Registro Pecuario)
- Sello de timbre por un valor de $5.00 por cada animal objeto de compra – venta cuando sea ganado vacuno y de $10.00 cuando sea ganado équido.
- Certificado del estado de salud y traslado de los animales objeto de compra – venta emitido por Veterinaria Estatal.
- Pase de tránsito en caso que los animales se trasladen fuera del área de demarcación atendida por el Registro Pecuario.
- Carnet de identidad de ambos contrayentes.
- Cualquier compra – venta de ganado mayor entre personas naturales donde no se cumpla con los documentos exigidos se considera nula y a tales efectos los Registradores Pecuarios no concederán los pases de tránsito ni registrarán el cambio de propietario, manteniendo los animales objeto de la operación el status legal anterior al acto de compra – venta o traslado.
- En caso de que uno de los contrayentes no sea propietario de ganado mayor y por consiguiente carece de Certificado de Registro Pecuario, presentará su carnet de identidad, Certificado de Registro de la Tierra, o autorización de un propietario campesino u otro propietario con tierra para que los animales pasten en su finca, el Registrador Pecuario procederá a la entrega del Certificado de Registro Pecuario.
- Sello de timbre por valor de $10.00 para el nuevo propietario.
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