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    Es un seguro de carácter voluntario dirigido a resarcir los daños causados a cualquier tipo de vehículo de motor, asegurable de transporte terrestre. Podrán contratarlo cualquier persona natural cubana, extranjera o sin ciudadanía, residente en el territorio nacional.

    En este seguro la cobertura principal es por daños materiales, debiéndose contratar al menos uno de los riesgos que la integran: Incendio, Rayo, Explosión y Transporte, Choque o Vuelco, Sustracción y Cubierta Comprensiva.

    1. Incendio, Rayo, Explosión y Transporte: Salvo las exclusiones, se cubren los daños o pérdidas materiales que pueda sufrir el vehículo asegurado, incluyendo sus partes y piezas, hallándose el vehículo en circulación, en reposo o durante su transportación, como consecuencia de Incendio, Rayo, Explosión y Transporte.
    2. Choque o vuelco: Por la colisión directa y violenta con cualquier vehículo, objeto, persona, animal, desnivel de la vía pública, así como el vuelco o despeñamiento del vehículo. Entiéndase el Choque contra desniveles de la vía pública, aquellos casos en que el vehículo durante su trayectoria se impacta directa y bruscamente contra cualquier badén, zanja, hueco, bache, montículo o alcantarilla, entre otros, provocándole severos daños al mismo, generalmente en su parte inferior, de delante hacia atrás.
    3. Sustracciones: Por robo, hurto, apropiación indebida y sustracción del vehículo asegurado para usarlo. Queda excluido el hurto del vehículo asegurado cuando este sea una motocicleta, motoneta o triciclo de motor.
    4. Cubierta Comprensiva: Por la acción directa e inmediata de ciclón, manga o torbellino de viento, tornado, ras de mar, granizadas, lluvias, inundación por los anteriores eventos, terremoto, desplome total o parcial de edificaciones, caída de naves aéreas u objetos, aves, desórdenes públicos, acciones intencionales o negligentes de terceros y desnivel de la vía pública, que no haya sido tipificado como riesgo de choque.


    La cobertura adicional de Responsabilidad Civil está condicionada a la contratación de algunos de los riesgos contenidos en la cobertura básica de Daños Materiales, donde la Aseguradora cubre la responsabilidad civil del Asegurado ante los daños ocasionados a una tercera persona derivados de un accidente acaecido con el vehículo asegurado.

    A los efectos de esta cobertura se entiende por daños a un tercero:

    • Daños a la propiedad ajena: los causados accidentalmente por el vehículo asegurado a la propiedad de terceros, hasta el límite especificado en las Condiciones Particulares.
    • Lesiones corporales o muerte: las causadas accidentalmente por el vehículo asegurado a terceras personas, hasta el límite especificado en las Condiciones Particulares.

    La ESEN considerará, como si fuera el asegurado, a cualquier otra persona que conduciendo el vehículo asegurado con conocimiento y consentimiento de aquel, provoque daños a terceros, siempre que dicho conductor observe, cumpla y se sujete a los términos y condiciones del contrato, así como extenderá la cobertura de Responsabilidad Civil en que incurra el asegurado en la conducción de cualquier otro vehículo que no sea de su propiedad.

     

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