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    Descripción del trámite: Acto para reconocer la ciudadanía cubana a los extranjeros, hijos de padre o madre cubanos para avecindarse en el territorio nacional.

    Requisitos:

    • Pasaporte del país de nacimiento y visa de entrada a Cuba.
    • Inscripción de Nacimiento del Registro Especial de Actos y Hechos de Cubanos en el Exterior.
    • Carné de identidad de la persona de referencia en Cuba.
    • Declaración jurada de la persona de referencia que en Cuba que se compromete a garantizar su alojamiento y manutención.
    • 2 Fotos tamaño 1x1.
    • Formulario de solicitud de entrada a Cuba (AP-1).
    • Formulario de la persona de referencia (AP-3).
    • De tratarse de menor de 18 años de edad o incapaz, consentimiento notarial realizado por ambos padres o tutores legales ante un notario público del Ministerio de Justicia o ante el funcionario cubano de la representación consular cubana.

    Base legal que respalda el trámite:

    • Constitución de la República.
    • Decreto Presidencial 358/44, Reglamento de Ciudadanía.

    Costo: sin gravamen.
    Tiempo de duración aproximado: 90 días.

    Formatos:

    • Formulario de solicitud de entrada (AP-1).
    • Formulario de la persona de referencia en Cuba (AP-3).
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