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    La solicitud del documento de identidad se puede efectuar desde cualquier Oficina de Trámites del país, con independencia del lugar de residencia, excepto los cambios de domicilio, que se deben formalizar en Oficinas de Trámites de  la provincia donde está enclavada la vivienda.

    El documento de identidad puede ser solicitado por los motivos siguientes:

    • Deterioro
    • Pérdida
    • Arribar a los 16 años de edad
    • Cambio de dirección
    • Subsanación de error
    • Cambio Legal
    • Desmovilizado FAR
    • Salida de Prisión
    • Entrada al País

    Deterioro: Cuando el documento de identidad por su estado físico no permite identificar al titular.

    Pérdida: cuando al titular se le extravíe o le hurten el documento de identidad y no pueda presentarlo para el trámite que solicita.

    Subsanación de error: es cualquier modificación, supresión o adición de datos en las generales del titular, siempre que no constituyan cambios sustanciales en la identidad de la persona, por ejemplo nombres y apellidos y el  año de nacimiento. También  se consideran subsanación de  error los cambios o modificaciones en los nombres de los padres del titular, en el tomo y folio, en el lugar de nacimiento, los asociados al Registro del Estado Civil.

    Cambio legal: las modificaciones, supresiones o adiciones en las generales del ciudadano y año de nacimiento que generan un cambio sustancial en la identidad de la persona, estas modificaciones son realizadas por el tribunal y en la certificación de nacimiento emitida por el Registro Civil debe consignarse en las observaciones el número de resolución  o sentencia por la cual se realizaron las modificaciones.

    Cambio de dirección: es la actualización del registro de direcciones a partir de la solicitud del ciudadano y con el consentimiento del titular del inmueble donde pretende domiciliarse. Los cambios de domicilio pueden ser solicitados de manera Transitoria o Permanente.

    Transitorio: se puede solicitar desde 1 mes hasta 1 año y prorrogable cuantas veces deseen las partes.
    Permanente: por tiempo indefinido, hasta que el titular realice un nuevo movimiento en el registro de direcciones.

    Base legal que respalda los trámites
    •Decreto – Ley No. 248/2007 del Sistema de Identificación y del Registro de Electores.
    •Resolución No. 6, Reglamento del Decreto/ Ley 248 del Sistema de Identificación y del Registro de Electores.
    •Decreto 141 de 24/3/1988, en su artículo 5, define el Régimen contravencional del Sistema de Carné de Identidad.
    •Decreto No.217/97, del Consejo de Ministros para la regulación de la migración hacia la capital del país.
    •Decreto No.293/2011 modificativo de uno de los apartados del Decreto ley 217/97 del Consejo de Ministros
    •Decreto-Ley No.32 del Consejo de Estado
    •Decreto No.305 del Consejo de Ministros
    •Resolución No.343 del Ministerio de Finanzas y Precios
    •Resolución No. 43 Ministerio del Interior
    •Decreto No.26 del Consejo de Ministros

     

    Comentarios   

    0 # PasaporteCris 11-09-2021 20:18
    Me puedes decir si ya se puede hacer tramites de realización de pasaporte ? Para mi hijo de 18 años
    Responder | Responder con una citación | Citar
    0 # RE: C.Ialiucha 01-08-2023 11:20
    Tengo un carnet de identidad de hace 10 años,es de los viejos,ya está vencido y soy cuidadora de una persona discapacitada, quiero saber si puedo cambiarlo online
    Responder | Responder con una citación | Citar

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