Cesión de uso de azoteas entre particulares.

Los propietarios podrán ceder el uso de la azotea de la vivienda de su propiedad, con pago o sin este, a favor de las personas que lo necesiten para edificar su vivienda, siempre que técnicamente sea posible la nueva edificación y que no existan regulaciones urbanísticas y territoriales que lo impidan, previa aprobación de la Dirección Provincial de Planificación Física.

 

Tramites para acciones constructivas

Luego del Traspaso de funciones del Sistema de la Vivienda a Planificación Física, a partir del 5 de enero del 2015 se creó a nivel nacional, Provincial y municipal los departamentos de trámites encargados de:

1. Expedir licencias y autorizaciones para la realización de acciones constructivas sobre la vivienda, así como certificar la habitabilidad de las terminadas que cumplan con las regulaciones urbanísticas y constructivas.

2. Asignar los terrenos estatales a las personas naturales que los soliciten para construir viviendas por esfuerzo propio.

3. Emitir Dictámenes Técnicos para la descripción, tasación, medidas y linderos de las viviendas.

4. Emitir las Autorizaciones para las Cesiones de solares yermos y azoteas, así como, ejercer el derecho de tanteo a favor del Estado.

5. Resolver los litigios y reclamaciones en torno a solares yermos, derecho perpetuo de superficie, y medidas y linderos.

 

 

Cesión de solares yermos entre particulares.

Los propietarios de solares yermos que deseen ceder estos a particulares lo podrán hacer por donación o compraventa, a favor de personas que lo necesiten para edificar su vivienda, siempre que no existan regulaciones urbanísticas y territoriales que lo impidan y previa aprobación de la Dirección Provincial de Planificación Física.

Asignación de terrenos estatales para la construcción de viviendas por esfuerzo propio.

Las personas interesadas en construir viviendas por esfuerzo propio en terrenos estatales deberán presentar su solicitud y fundamentación, relacionando además nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio, lugar de localización, composición del núcleo familiar, así como declaración jurada de que no posee otra vivienda, ni es superficiario de una parcela o solar yermo para construir una vivienda por esfuerzo propio.

Otros Trámites y Bienhechurías

Copia de documentos. Personas naturales. Certificado de microlocalización y macrolocalización. Personas jurídicas. Certificados de uso de suelo. Personas naturales y jurídicas. Certifico de numeración. Personas naturales. ¿Qué entendemos por Bienhechurías? Edificaciones, instalaciones u otras obras necesarias o útiles para la adecuada atención y protección a los cultivos, animales y plantaciones, la conservación y el mejoramiento de los suelos y las cosechas.

  •           Copia de documentos. Personas naturales.
  •           Certificado de microlocalización y macrolocalización. Personas jurídicas.
  •           Certificados de uso de suelo. Personas naturales y jurídicas.
  •           Certifico de numeración. Personas naturales.

Para actualizar la Titularidad de un inmueble (solar yermo o vivienda, por ejemplo) se necesita de un CERTIFICO DE NUMERACIÓN, documento que ofrece la ubicación correcta y actualizada de dicho inmueble según la cartografía de los planos del último Censo de Población y Vivienda.
Para obtener el CERTIFICO DE NUMERACIÓN, debe dirigirse a la Oficina de Trámites de la Vivienda de su municipio donde podrá ser atendido por un funcionario de Planificación Física al deberá presentar los siguientes documentos:
·    Fotocopia de la propiedad o fotocopia del Certificado de Habitable(en caso de que quiera obtener su propiedad)
·    Carnet de identidad del propietario o del que solicita el trámite.
·    Sello de $5.00 CUP
·    $10.00 CUP en efectivo
En el caso del municipio de Pinar del Río, dicha oficina sita en Calle Isabel Rubio, No. 108 con número de teléfono 48726902.

  •           Regulaciones para licencias y autorizos. Personas naturales y jurídicas.
  •           Autorizaciones para puntos de ventas de trabajadores por cuenta propia, para cercar, facilidades temporales, etc. Personas naturales.
  •           Regulaciones y licencias para bienhechurías. Personas naturales.
  •           Certifico para la actualización de la propiedad. Personas naturales.

¿Qué entendemos por Bienhechurías?

Edificaciones, instalaciones u otras obras necesarias o útiles para la adecuada atención y protección a los cultivos, animales y plantaciones, la conservación y el mejoramiento de los suelos y las cosechas.

Los bosques, las plantaciones permanentes de frutales y otras de carácter permanente, y las viviendas del usufructuario y sus familiares, siempre que las tierras entregadas en usufructo estén en la zona rural.