Transporte terrestre o pago de la chapa

El pasado  30 de septiembre se venció el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre el Transporte Terrestre o el Pago de la Chapa, según disposiciones de  la Ley 126 del Presupuesto del Estado para el año 2019. Este  tributo agrupa  mayor número de contribuyentes  tanto personas jurídicas como naturales y por esta característica recoge el mayor número de incumplidores.

Importante  es significar que el que no haya pagado   el Impuesto sobre el Transporte Terrestre en el tiempo establecido, debe dirigirse a la ONAT del municipio donde está inscrito para que se le determine la deuda tributaria que incluye el principal (“la Chapa que le toca pagar”) más el recargo por mora y la multa establecidos en la Ley No 113 y el Decreto Ley No 308 Reglamento de las Normas Generales y de los Procedimientos Tributarios.

Culminación del período voluntario de pago

Para los productores individuales y propietarios de tierra del sector cañero, el proceso de Declaración Jurada, liquidación y pago de Impuesto  Sobre Ingresos personales  y el  Impuesto sobre Utilidades inició el 2 julio y concluirá el 31 de octubre de 2019, según la Ley 126 del Presupuesto del Estado para el año 2019. Aquellos contribuyentes que no presente la DJ en el tiempo establecido están cometiendo una infracción tributaria.

Se consideran infracciones tributarias aquellas generadas por incumplimiento de la obligación de pago y las derivadas de incumplimiento de deberes formales que se establezcan en las disposiciones legales y las normas complementarias la Ley 113 del Sistema Tributario.