Transporte terrestre o pago de la chapa

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Creado: Miércoles, 30 Octubre 2019 14:37
Escrito por Maileicy Cruz Perez
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El pasado  30 de septiembre se venció el periodo de pago voluntario para el Impuesto sobre el Transporte Terrestre o el Pago de la Chapa, según disposiciones de  la Ley 126 del Presupuesto del Estado para el año 2019. Este  tributo agrupa  mayor número de contribuyentes  tanto personas jurídicas como naturales y por esta característica recoge el mayor número de incumplidores.

El recargo no constituye  una sanción, sino una indemnización que el estado exige por no contar con ese dinero en la fecha planificada. Se aplica de la siguiente manera: un dos 2% del principal (el impuesto a pagar ), cuando el pago se efectúa  de los treinta  (30) días hábiles posteriores a la fecha establecida  , 5%si se liquida después de los( 30)días y después de los (60) días hábiles posteriores al termino legalmente establecido dispuesto ,y un 0.1 % por cada día de demora cuando  el pago se ejecute pasados los (60) días , y puede alcanzar hasta el 30% del principal .

La multa si es una sanción que se aplica por no efectuar el pago en el plazo estipulado.  

El impuesto se paga en las sucursales bancarias presentando el comprobante de pago del año anterior.

Aquellas personas naturales propietarias de vehículos que ejercen además  una  actividad de trabajo por cuenta propia, pueden liquidar el tributo presentando el modelo RC-04 Vector Fiscal de Personas Naturales, en el cual aparece también esta obligación tributaria.

.!!! No espere más!!!  Y el año próximo pague antes del 28 de febrero y reciba la bonificación del 20% del importe a pagar, por pronto pago. Esta bonificación representa un ahorro también  para las empresas y  las Unidades Presupuestadas.