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- Creado: Miércoles, 12 Septiembre 2018 15:44
- Escrito por Equipo de Producción Provincial
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Cubren las necesidades económicas que se producen ante el fallecimiento de una persona cuyos ingresos personales son determinantes en la economía familiar. De igual forma cubren a las personas que se incapacitan temporal o permanentemente, retirándola de sus funciones y actividades habituales con la correspondiente disminución o pérdida de los niveles de ingresos que tenían antes de incapacitarse.
TEMPORARIO DE VIDA
Está diseñado para cubrir la necesidad económica que se produce ante el fallecimiento de una persona cuyos ingresos personales son determinantes en la economía familiar. Así como para aquellas personas que se incapacitan temporal o permanentemente, retirándola de sus funciones y actividades habituales con la correspondiente disminución o pérdida de los niveles de ingresos que tenían antes de incapacitarse.
Riesgos cubiertos
El riesgo principal cubierto es la muerte del asegurado por enfermedad o accidente exceptuando las exclusiones, ésta cobertura es obligatoria en la contratación y beneficia a terceras personas designadas por el asegurado, la suma asegurada en esta cobertura puede oscilar desde 1000 hasta 50000 pesos siempre en múltiplos de mil.
Otros de los riesgos que pueden contratarse adicionalmente son: las incapacidades permanentes totales o parciales, las incapacidades temporales y los gastos farmacéuticos, cuya contratación está condicionada a la contratación de una de las dos coberturas anteriormente mencionadas.
En el caso de las incapacidades temporales, se cubren aquellas sufridas por el asegurado causadas por accidentes o como consecuencia de enfermedades cardiovasculares, vasculares encefálicas e intervenciones quirúrgicas de urgencia que requieran para su curación de un período desde 14 hasta 180 días de reposo.
La cobertura de Incapacidad Temporal podrá ser contratada hasta un límite máximo de 15.00 pesos de renta diaria. En caso de ser el asegurado un trabajador asalariado solo podrá contratar una renta que no sobrepase el 25% de sus ingresos diarios, pues este seguro es un complemento a lo devengado por concepto de Seguridad Social. En caso de ser la persona un trabajador no asalariado (cuentapropistas, algunos artistas, pequeños agricultores, cooperativistas, amas de casa y jubilados entre otros, podrá contratar libremente desde uno hasta 15.00 pesos.
En la cobertura de incapacidad permanente total o parcial, se cubren aquellas sufridas por el asegurado como consecuencia de accidentes, de enfermedades cardiovasculares, vasculares encefálicas, diabetes y cáncer; siempre que la incapacidad se manifieste dentro de los 12 meses posteriores al diagnóstico de la enfermedad o del accidente.
Los gastos farmacéuticos cubiertos en la póliza son aquellos en los que pueda incurrir el asegurado, asociados a estas incapacidades, que oscilen entre 50 y 300 pesos.
¿Quiénes se consideran asegurables?
Se consideran asegurables las personas naturales, cubanas o extranjeras residentes en el territorio nacional, siempre que cumplan los requisitos de asegurabilidad, y sus edades oscilen entre 18 y 77 años cumplidos.
Se consideran personas no asegurables en el momento de concertación de la póliza (nuevos contratos) los incapacitados físicos y mentales, sordos, ciegos, miopes con más de 10 dioptrías, paralíticos, epilépticos, toxicómanos o aquellas personas que constituyan un riesgo de accidente agravado en razón de defectos físicos o enfermedades graves que padezcan, o de las secuelas de las que hubieran padecido, ejemplo: personas que en la concertación inicial de la póliza declaren estar enfermos de cáncer, SIDA, esclerosis múltiple, Alzheimer, lupus, ataxia, u otra enfermedad grave e incurable con peligro para la vida.
Modalidades de contratación de este seguro
Este seguro puede contratarlo de manera individual o colectiva. Al contratarlo de manera colectiva la ESEN le ofrece descuentos comerciales de acuerdo a la cantidad de integrantes.
Requisitos para la contratación colectiva:
Contratación Colectiva Optativa
Forma de contratación colectiva con beneficios adicionales dentro de los que se encuentran:
Requisitos para la contratación Colectiva Optativa:
El precio a pagar por este seguro (prima)….
Estará en dependencia de la suma que va a asegurar, de su edad, de su ocupación y salario. En caso de que el solicitante practique habitual y sistemáticamente algunas actividades riesgosas como: deportes, manipulación de corriente de alta tensión, viajar como pasajero chofer en cualquier vehículo de carrera, ser miembro de cualquier buque o aeronave, ser actor o actriz de trabajos acrobáticos, ser miembro activo de instituciones militares, o ser bombero; o en el caso de ciertas condiciones personales como: personas de más de 65 años de edad, personas obesas, fumadoras, que ingieran bebidas alcohólicas frecuentemente y con alguna incapacidad permanente identificada por la aseguradora, entonces se le aplicará una sobreprima fija y única de un 15%. Todas estas informaciones serán indagadas por el agente en el momento de la concertación del seguro. El pago puede realizarse trimestral, semestral o anual y en los colectivos de forma mensual por descuento en nómina.
Este seguro cubre la Responsabilidad Civil en que pueda incurrir el Asegurado como consecuencia de daños o perjuicios causados a terceros. Los daños pueden ocasionarse a las personas produciendo en ellas lesiones corporales o muerte y a la propiedad ajena (incluyendo a los animales).
A los efectos de este seguro se considera TERCERO, también conocido como Perjudicado, a cualquier persona natural o jurídica distinta del Tomador o Asegurado, de sus cónyuges y familiares dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, personas que convivan con el Asegurado o Tomador, sin que medie una prestación económica, los socios, administrativos, directivos, asalariados y personas que, de hecho o de derecho, dependan del Tomador o Asegurado, mientras actúen en el ámbito de dicha dependencia.
Se entiende por daños a un tercero:
Responsabilidad Civil para los poseedores de licencia de conducción
Dirigido a todas las personas naturales cubanas o extranjeras que tengan vigente la licencia de conducción. Cubre la responsabilidad civil de la que legalmente sea responsable el Asegurado, originada por la muerte o las lesiones corporales ocasionadas a otras personas y/o por los daños a la propiedad ajena, causados en ocasión de conducir un vehículo de motor.
Los riesgos contratados cubrirán el vehículo conducido por el asegurado independientemente del tipo, marca y modelo del vehículo, siempre que éste no sea propiedad del Asegurado, se cubrirá además, la carga de forma complementaria como daño a la propiedad.
Responsabilidad Civil para el Servicio de automotor de carga por carretera
Se aplica a las personas que brinden el servicio de transporte de carga por carretera, con medios automotores. Cubre al asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos que se describan en las Condiciones Particulares, a saber:
La prima depende del tonelaje del vehículo, con un recargo por la transportación de mercancías peligrosas y su capacidad. Cuando realice operaciones de carga y descarga, el Asegurado deberá abonar un recargo de la prima para tener cobertura en esa actividad.
Cuando el asegurado lo solicite, la cobertura quedará en suspenso por el tiempo en que recese la prestación de los servicios y hasta el momento en que está se rehabilite, con modificación de la vigencia.
Responsabilidad Civil para el Servicio de transporte de pasajeros por carretera
Dirigido a las personas que brinden servicio de transporte de pasajeros con vehículos automotores de servicio privado.
Cubre al Asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos descritos en las Condiciones Particulares, los riesgos cubiertos son:
Responsabilidad Civil para el Servicio de transporte en medios autopropulsados o de tracción animal
Dirigido a personas que brinden el servicio de transporte de carga o pasajeros con medios autopropulsados o de tracción animal.
Cubre al asegurado por la responsabilidad civil a que está expuesto debido a las afectaciones directas a terceros ocasionadas con los vehículos descritos en las Condiciones Particulares, siempre que concurran las circunstancias establecidas en el reglamento de transporte y a consecuencia de:
Es un seguro de carácter voluntario dirigido a resarcir los daños causados a cualquier tipo de vehículo de motor, asegurable de transporte terrestre. Podrán contratarlo cualquier persona natural cubana, extranjera o sin ciudadanía, residente en el territorio nacional.
En este seguro la cobertura principal es por daños materiales, debiéndose contratar al menos uno de los riesgos que la integran: Incendio, Rayo, Explosión y Transporte, Choque o Vuelco, Sustracción y Cubierta Comprensiva.
La cobertura adicional de Responsabilidad Civil está condicionada a la contratación de algunos de los riesgos contenidos en la cobertura básica de Daños Materiales, donde la Aseguradora cubre la responsabilidad civil del Asegurado ante los daños ocasionados a una tercera persona derivados de un accidente acaecido con el vehículo asegurado.
A los efectos de esta cobertura se entiende por daños a un tercero:
La ESEN considerará, como si fuera el asegurado, a cualquier otra persona que conduciendo el vehículo asegurado con conocimiento y consentimiento de aquel, provoque daños a terceros, siempre que dicho conductor observe, cumpla y se sujete a los términos y condiciones del contrato, así como extenderá la cobertura de Responsabilidad Civil en que incurra el asegurado en la conducción de cualquier otro vehículo que no sea de su propiedad.
Exclusiones
No se indemnizarán las consecuencias de los siguientes hechos:
Además se excluyen, para los riesgos de Incendio, Rayo, Explosión, Transporte, Choque, vuelco y Cubierta Comprensiva los siguientes hechos:
Se excluye para el riesgo de Cubierta Comprensiva:
Se excluye para la cobertura de Responsabilidad Civil:
Formas de contratación
Este seguro puede con contratarse tanto en moneda nacional (CUP) como en moneda libremente convertible (CUC).
Contratación en CUC
Se asegurarán todos los vehículos sin importar año de fabricación, marca, ni modelo, siempre y cuando la inspección técnica realizada al vehículo previamente haya obtenido la calificación de Bueno.
Las personas naturales cubanas, solo podrán contratar la cobertura básica de Daños Materiales. No se admitirá, bajo esta póliza, la R/C en divisa ni en pesos cubanos.
Las personas naturales extranjeras deberán abonar las primas de ambas coberturas (Daños materiales y R/C), en pesos convertibles.
El valor asegurado de los vehículos y sus accesorios será el importe reflejado en las correspondientes facturas de compraventa. En caso de no poseer factura de compraventa del vehículo o que ésta tenga un valor inferior a 6000, el valor asegurado mínimo es de 6000 CUC. Calcule su seguro
Contratación en CUP
Si desea contratar este seguro en Pesos Cubanos, puede optar por una de las tres modalidades siguientes:
COBERTURA EN BASE A INDEMNIZACIÓN
Bajo esta modalidad el Asegurado sólo recibirá como prestación, una indemnización, sea total o parcial, en pesos cubanos. Calcule su seguro en esta modalidad
COBERTURA EN BASE A REPOSICIÓN
Esta modalidad NO tiene por objeto indemnizar al Asegurado ante la ocurrencia de daños o pérdidas parciales (daños leves), sino su función es REPONER el vehículo siniestrado cuando sea declarado baja técnica o que su carrocería no sea reparable y se cumplan todos los requisitos para acceder a la Reposición. Sin embargo, la Aseguradora da la posibilidad de que si no se cumplieran todos los requerimientos exigidos, el Asegurado tiene derecho a recibir la indemnización que corresponda por tasación, siempre que no se tipifique una exclusión de la póliza.
Bajo esta modalidad el Asegurado puede contratar la cobertura adicional de Responsabilidad Civil y ser indemnizado el tercero perjudicado por parte de La Aseguradora hasta los límites contratados. Calcule su seguro en esta modalidad
COBERTURA TODO RIESGO
Es un seguro más completo, combinación de las dos modalidades anteriores, que brinda cobertura ante pérdidas parciales, bajas técnicas y carrocerías no reparables, con derecho a reposición, de cumplirse los requisitos exigidos. Calcule su seguro en esta modalidad
En cualquiera de estas tres modalidades los valores a asegurar tendrán un límite mínimo de 9400 y un máximo de 12000 pesos cubanos.
No se brindará cobertura de seguro a los accesorios de autos como equipos de audio (radios, reproductoras de cassette o CD), bocinas de audio, sistemas de alarma y todos aquellos elementos de mejora u ornato incorporados al vehículo con posterioridad a su salida del centro de venta.
Este seguro ampara los bienes del sector agropecuario contra los daños ocasionados por: Ciclón, tornado, manga de viento, inundación, lluvias intensas, granizo, incendio, explosión, fenómenos sísmicos, desplome, caída de objetos y naves aéreas. En algunas líneas pueden cubrirse riesgos específicos como: responsabilidad civil y choque y vuelco.
Este seguro ampara los bienes del sector agropecuario contra los daños ocasionados por: Ciclón, tornado, manga de viento, inundación, lluvias intensas, granizo, incendio, explosión, fenómenos sísmicos, desplome, caída de objetos y naves aéreas. En algunas líneas pueden cubrirse riesgos específicos como: responsabilidad civil y choque y vuelco.
Estos se ofertan para los siguientes bienes:
En algunos productos como Maquinarias Equipos y Medios de Transporte, Equipos Electrónicos y Roturas de Maquinarias los riesgos cubiertos son específicos de acuerdo a las características de dichos bienes, como responsabilidad civil y choque y vuelco.
Los requisitos fundamentales que se exigen para el aseguramiento de estos bienes son: el cumplimiento de las normas constructivas y de uso determinadas por los fabricantes de los mismos, así como los requisitos de almacenamiento de las producciones terminadas y los insumos en almacenes.
Dentro de esta modalidad las tarifas aplicadas no se rigen por un patrón dado, partiendo de la diversidad de bienes que incluye. Si podemos señalar que son las más bajas aplicadas en el sector agropecuario y que se exige su actualización de acuerdo a los fenómenos que han estado afectando su siniestralidad en los últimos años.