Nueva Política para los Subsidios
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- Creado: Lunes, 25 Septiembre 2017 19:53
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Declaraciones y Ceses de Viviendas Vinculadas y medios básicos de las entidades subordinadas al Poder Popular
Al solicitar la declaración de vivienda vinculada o medio básico se aporta los documentos siguientes:
- Solicitud de declaración de vivienda vinculada o medio básico formulada por el jefe de la entidad que las posee
- Escrito argumentando la utilización de la vivienda.
- Modelo de solicitud de declaración de vivienda vinculada o medio básico, que lo aporta cada una de las entidades.
- Si la vivienda no es de nueva construcción, el documento que acredita la asignación por el Consejo de la Administración Municipal.
- Para el caso de viviendas de reciente terminación por la propia entidad, el Certifico de Habitable; y
- En caso de locales convertidos en viviendas por cambio de uso, el documento que acredite su aprobación
Al solicitar el cese de vivienda vinculada o medio básico se acompañan los documentos siguientes:
- Solicitud de cese de vivienda vinculada o medio básico debidamente fundamentada.
- Modelo de solicitud de cese de vivienda vinculada o medio básico, que lo aporta cada una de las Entidades.
- Descripción y tasación de la vivienda
En el caso de cese de la condición de vivienda vinculada y transferencia de la propiedad se solicita además de los aspectos anteriores:
- Contrato de arrendamiento firmado por la entidad y el arrendatario.
- Resolución que declaró en su momento la vivienda vinculada.
- Documentos acreditativos del pago de las mensualidades establecidas.
- Todo esto siempre que no existan ocupaciones, cambio de uso, acciones constructivas y otra índole de carácter ilegal en la vivienda, que lo impida.
En los casos de viviendas vinculadas pueden transferirse en propiedad cumplido el término de 15 años cumplido el pago de la totalidad de las 180 mensualidades (precio legal).
En caso de las viviendas medio básicos pueden ser transferidas en propiedad según términos que se establecen proceso de depuración por una sola vez.
En los casos de los arrendatarios de viviendas vinculadas que su contrato esté confeccionado por 20 años (240 mensualidades) y quieran continuar se les respeta su decisión y se tiene en cuenta el 50% del precio legal
Toda esta documentación debe ser entregada en el Grupo de Administración Provincial por los asesores jurídicos de las Entidades subordinadas al Poder Popular una vez que los técnicos en los municipios avalen cada expediente.
La Dirección Provincial de la Vivienda Cienfuegos tiene como misión promover, controlar y garantizar el cumplimiento de la Ley General de la Vivienda y demás disposiciones legales sobre este tema. Dirigir y controlar la estrategia para la recuperación del fondo habitacional, el proceso inversionista para la construcción y rehabilitación de viviendas en correspondencia con el desarrollo socioeconómico del país y los territorios, logrando la integralidad de las inversiones con un mayor control y efectividad de los recursos materiales y financieros.
Somos una entidad que responde a la interacción con los organismos que se nos relaciona ejerciendo una influencia significativa en el ámbito político – social del territorio, a través del aumento sostenido de la construcción y rehabilitación del fondo de viviendas sobre la base de un eficiente ordenamiento legal y estatal donde prevalece una aceptable disciplina social y el perfeccionamiento del Sistema de Atención a la Población, en la solución de los Trámites y calidad en las respuestas emitidas.
Solicitud de subsidio para ejecutar acciones constructivas en la vivienda
Requisitos: Núcleos familiares y personas convivientes con falta de solvencia económica, protegidos o no por la Asistencia Social, que tengan disposición a solucionar su problema habitacional por esfuerzo propio.
Prioridades: Familias afectadas por catástrofes naturales (ciclones, inundaciones, deslizamientos de tierra, incendios y otros considerados como tales) cuyo daño clasifica como pérdida total o parcial de la vivienda, fundamentalmente los casos que se encuentran en avanzado estado de ejecución. Los casos sociales críticos, de manera particular aquellos encaminados a la erradicación de condiciones habitacionales vulnerables. Las familias o personas que necesiten solucionar obstrucciones y fugas hidrosanitarias.
La solicitud del subsidio se efectúa ante las Direcciones municipales de la Vivienda, en las Oficinas de Trámites.
No se tramitarán solicitudes de subsidios de personas naturales cuando esta sea para ejecutar acciones en:
. Viviendas ubicadas en focos o barrios insalubres, y
. Viviendas otorgadas en arrendamiento, y los cuartos y habitaciones pertenecientes al fondo estatal, si la acción subsidio se otorgará para ejecutar acciones de conservación solo de lo edificado y en el interior del inmueble.
La solicitud debe tener los datos siguientes:
. Nombres y apellidos del solicitante, carné de identidad, dirección del domicilio y
lugar de localización.
. Descripción de las acciones que pretende realizar.
. Disposición de la persona a ejecutar las acciones constructivas por esfuerzo propio.
El solicitante deberá mostrar el documento que acredite la titularidad como:
. Propietario, usufructuario o arrendatario del inmueble.
. Cesión de uso de Azotea.
. Propiedad del terreno o derecho perpetuo de superficie.
NOTA: En el caso de los afectados de de eventos meteorológicos (derrumbe total) y casos críticos que no tengan titularidad de terrenos sus solicitudes se aceptan en las oficinas de trámites, y una vez aprobado el subsidio, el pago de este está incluido en el monto del subsidio.
Los expedientes se presentan por el director municipal de la vivienda al Consejo de la Administración, en el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la fecha de recepción de la solicitud, hasta que se disponga la realización de la fecha de recepción de Trabajo Municipal.