La Fiscalía y la Atención a los Ciudadanos en Cienfuegos

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Creado: Lunes, 01 Octubre 2018 04:43
Escrito por Equipo de Producción Provincial
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La Constitución de la República de Cuba, en su artículo 63, refrenda el derecho de todo ciudadano de dirigir quejas y peticiones a las autoridades y a recibir la atención o respuesta pertinente. La Ley No.83 de 1997 “Ley de la Fiscalía General de la República”, establece como uno de sus objetivos proteger a los ciudadanos en el ejercicio legítimo de sus derechos e intereses y una de sus funciones, atender las reclamaciones que estos presenten por presuntas violaciones de ellos.

Ciudadano (a): Que ostenta una ciudadanía, por ende, disfruta de derechos garantizados por el Estado y debe asumir el cumplimiento de deberes.

Derecho de petición o derecho de queja: Permite a las personas trasladar a las autoridades sus quejas o requerimientos en cualquier materia, mecanismo de defensa frente al Estado para garantizar además de la libertad individual, la protección de otros derechos fundamentales.

Atención Ciudadana: Instrumento que se utiliza por el Estado para velar por el cumplimiento y realización efectiva de los derechos y deberes constitucionalmente reconocidos a sus ciudadanos

Denuncia: Información anónima o no, sobre supuestos hechos delictivos, de ilegalidades o corrupción de cualquier índole, que afecten intereses públicos o privados.

Petición: Insatisfacción de un problema no resuelto, una necesidad material o legal, que persigue mediante su ejercicio su solución, puede entrañar el quebrantamiento de un derecho.

Son peticiones las solicitudes sobre: tutelas, privación o suspensión de patria potestad, alimentos, libertades condicionales, traslados de centros penitenciarios, entre otras con similares características, las que se resolverán conforme lo ya establecido en cada especialidad, además los procedimientos de revisión que se insten, así como otras que impliquen su traslado a las Asambleas del Poder Popular y el PCC en sus diferentes niveles.

Tramitación: Acción y resultado de tramitar, hacer las gestiones necesarias para solucionar un asunto.

Queja (reclamación): Inconformidad o desaprobación del ciudadano referida a presunta violación de derechos constitucionales, garantías legalmente establecidas e infracciones cometidas en actos o disposiciones de organismos y funcionarios del Estado, de entidades económicas y sociales, o de los ciudadanos; inconformidad ante el tratamiento o respuesta ofrecida, que pudo entrañar maltrato, dilación o negligencia.