Turempleo

 La Oficina de Empleo para el Turismo realiza las acciones iniciales para captar de forma oportuna y en número suficiente, a los aspirantes más idóneos a ingresar en la reserva de las Oficinas Territoriales de Empleo para su posterior procesamiento y remisión a empleos en entidades del Ministerio de Turismo.

Para suministrar los trabajadores necesarios a las entidades laborales subordinadas al MINTUR, las Oficinas Territoriales de Empleo formarán una reserva laboral con personal procedente de las fuentes relacionadas a continuación:

a) Graduados de los centros de FORMATUR.

Egresados de los Centro de capacitación del MINTUR de cursos de Formación.

Para avalar la fuente, los interesados presentaran el título correspondiente.

b) Trabajadores del Ministerio de Turismo.

Trabajadores activos que deseen hacer dejación de su plaza fija para ser contratados por tiempo determinado, siempre y cuando presenten aval del centro de trabajo actual y escrito que exprese están de acuerdo con su liberación, firmado por la máxima autoridad de la entidad. También trabajadores que causaron baja de instalaciones del sector y presenten carta aval de la instalación con el motivo explícito de la causa de su baja, así como fotocopia de Medida Disciplinaria en los casos que proceda.

c) Recién graduados universitarios y de la Enzeñanza Técnico-Profesional asignados al Ministerio de Turismo.

Graduados de las carreras universitarias y de la Enseñanza Técnico Profesional, asignados al Ministerio de Turismo para realizar adiestramiento laboral y Servicio

Social. Deben presentar boleta de asignación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

d) Desmovilizados del Servicio Militar Activo y licenciados de las Fuerzas Armadas Revolucionarias y del Ministerio del Interior.

Se entiende como desmovilizado del SMA aquellos jóvenes que concluyen el

SMA, mantiene la fuente durante 2 años siempre y cuando no hayan tenido vínculo laboral. De igual forma, los licenciados de las FAR y el MININT, mantendrán su fuente cuando no hayan tenido vínculo de trabajo permanente posterior al licenciamiento.

e) Trabajadores de otros sectores de la economía y del sector no estatal.

Personas que se encuentren laborando en entidades de otros sectores de la economía y que presenten aval firmado por la administración que explicite la no objeción en liberarlo para trabajar en nuestro sector. En el caso de los trabajadores del sector no estatal presentar el carnet de aprobación como trabajador por cuenta propia.

f) Desvinculados laboralmente.

Personas que no tengan vínculo laboral en el momento de inscripción y posean los requisitos formales según calificadores de cargos. Deben presentar Aval del último centro de trabajo, explicitando motivo de baja, solo en los casos que ocurriera en un periodo inferior a los 5 años.

 

Vías de reclutamiento.

a) Convocatoria

Las Oficinas Territoriales de Empleo realizan el reclutamiento de las fuentes a través de convocatorias para las especialidades deficitarias en la reserva, reservándose el derecho de admisión y detallándose en las mismas:

• Oficina que convoca, señalando la dirección donde radica.

• Días y horario de atención al público.

• Fuentes de ingreso.

• Municipios de residencia que abarca.

• Especialidades hacia las que se dirige con prioridad.

• Requisitos

• Período que abarca

Esta convocatoria debe presentarse en las Direcciones Municipales de Trabajo cuando se incluya la Fuente Desvinculados laboralmente.

En todas las convocatorias se incluye como requisito que los varones de hasta 23 años acrediten haber cumplido el plazo del SMA, en correspondencia con el Acuerdo MINTUR / MINFAR.

Si se presentan directamente a la Oficina de Empleo, personas interesadas en inscribirse en la Reserva sin que esté vigente una Convocatoria para su especialidad, puede iniciarse el proceso de reclutamiento y selección según los pasos establecidos, previa autorización del Director de Empleo. En su defecto, podrán ser inscritos en el Registro de Aspirantes, siendo esta una forma rápida de conocer personal del territorio con interés en incorporarse al Turismo.

b) Propuesta de entidad

Es una vía excepcional y sólo se aceptará para el personal que se presente para ocupar cargos de la categoría ocupacional cuadro, los cargos de funcionarios y otras ocupaciones cuando no se disponga en la reserva de personal con los requisitos exigidos por las instalaciones. La Oficina es responsable de realizar todos los pasos del proceso de verificaciones y de exigir toda la documentación, sometiendo la aprobación o no de los candidatos a la decisión de la Comisión de Ingreso.

c) Asignados MTSS

Recién graduados de nivel superior y de la Enseñanza Tecina profesional con boleta de asignación del MTSS para realizar adiestramiento laboral y Servicio Social en instalaciones del MINTUR.

Los graduados de la enseñanza técnica y profesional del MINED asignados por los órganos de Trabajo se incorporan a la reserva y comienzan su contrato de adiestramiento laboral, hasta tanto sean llamados para el cumplimiento del SMA.

En ningún caso se pueden incorporar al empleo en contrato por tiempo indeterminado sin haber arribado a los 24 años de edad o haber cumplido el SMA; a menos que se apruebe la excepcionalidad por parte del MINFAR.

d) Egresados de Formatur

Recién graduados de Centro de Capacitación del MINTUR de cursos de Formación.

e) Traslado entre Oficinas

Los miembros de la reserva tienen derecho a trasladarse hacia otra Oficina de Empleo por cambio de residencia u otras causas justificadas. El Director de Empleo o especialista designado, será el responsable de enviar el expediente actualizado de la reserva por vía oficial, entregando al interesado una constancia escrita de que se encontraba registrado en esa Oficina.

f) Separados de la entidad

Dicha vía se corresponde a la Fuente Trabajadores del MINTUR en caso de que fuera impuesta la medida separación definitiva de la entidad. Para cumplir lo anterior será necesaria la presentación por parte del trabajador de la Resolución de aplicación de la medida por la autoridad facultada, el fallo del OJL o la sentencia del Tribunal Supremo Popular según corresponda.

Estos trabajadores se incorporarán a la reserva de su especialidad y cuando llegue el momento en que le corresponda su reincorporación al empleo en el turismo, la Oficina garantizará que no sea ubicado en la entidad en que fue sancionado. La Oficina debe establecer los procedimientos que garanticen cambiar la vía de ingreso, una vez cumplido periodo de rehabilitación.

 

Reserva para instalaciones muy distantes de la sede de la Oficina o de difícil acceso.

En estos casos, donde se incluyen una parte importante de las bases de Campismo Popular, pueden utilizarse estas alternativas:

a) Coordinar con las Direcciones de Trabajo municipales para que las convocatorias se realicen a través de estas instituciones, realizando las entrevistas en esos locales u otros del territorio donde se ubican las personas que se pretende procesar.

b) Coordinar con las administraciones para que recluten al personal de la zona que desee trabajar en las instalaciones del Turismo y las propongan a la Oficina para su procesamiento.